Crowdlending. Rentabilidad esperada por un inversor.

¿Invierto en Crowdlending? ¿Cuál es la rentabilidad esperada de una inversión en crowdlending? En las siguientes líneas propongo una aproximación al cálculo de la rentabilidad esperada desde el punto de vista de un inversor en crowdlending. Llegir en català

Primero recordemos que con el término “crowdlending” nos referimos a operaciones de financiación a empresas por numerosos inversores. Es un modelo de financiación que permite obviar los canales de financiación tradicionales (bancos, etc). Es un nuevo modelo de negocio fintech posibilitado por el desarrollo de internet.

Sin duda alguna las plataformas fintech son un canal de inversión / financiación con el que habrá que contar en un futuro [bastante] próximo. De hecho en la actualidad es habitual encontrar noticias / comentarios sobre el tema prácticamente a diario. Yo mismo publiqué en junio “FINTECH. El ahorro tradicional hoy ya no es eficaz.” No quisiera que ese artículo fuese interpretado como una recomendación para invertir en dichas plataformas. Entiendo que cada uno debe realizar sus propios análisis para decidir la idoneidad de una inversión y su adecuación al propio perfil.

Es por este motivo que hoy propongo una serie de reflexiones y cálculos para analizar qué rentabilidades pueden esperarse si consideramos las características del producto.

Crowdlending. Rentabilidad esperada por un inversor.

Crowdlending. Rentabilidad esperada por un inversor.

Crowdlending. Rentabilidad esperada. Diversificar riesgo

Habitualmente estas plataformas aconsejan diversificar el riesgo y participar en multitud de operaciones en lugar de una sola. (Según el método Montecarlo debería alcanzarse un mínimo de 146 operaciones). Por ejemplo, si queremos invertir 1.000.-€ mejor buscar 50 operaciones  de 20.-€ que una sola por 1.000.

Acostumbran a defender que esta postura de diversificar riesgo mejora las posibilidades de obtener una “buena rentabilidad”.

Creo que esta política de diversificación puede ser adecuada. Pero no porque mejore las posibilidades de obtener una “buena rentabilidad”, sino porque reduce el riesgo de perder la totalidad de la inversión.

Si la totalidad de nuestros fondos los invertimos en una única operación y ésta se desarrolla sin problemas, entonces obtendremos una rentabilidad equivalente a la del tipo de interés a que hemos realizado la operación (por ejemplo 7%) descontándole la comisión de la plataforma fintech correspondiente. . Así la mejor rentabilidad posible ocurrirá si “acertamos” en la operación que deseemos financiar.

Igualmente, si invertimos la totalidad de nuestros fondos en una única operación y ésta resulta fallida (incobrable) nuestra pérdida será del 100 %. Obviamente en este caso no habremos acertado la operación a financiar.

Si diversificamos nuestra inversión estamos evitando que cuando una operación resulta fallida, ésta afecte a la totalidad de nuestra inversión.

Pero también estamos propiciando que cuando alguna operación resulta incobrable afecte a una parte de nuestra cartera de inversión.

Si asumimos que como inversores actuamos prudentemente y preferimos reducir riesgo, aceptaremos esa diversificación que nos proponen a cambio de ceder algún punto de rentabilidad.

Crowdlending. Peligro: Morosidad

Esta política de diversificación hará que el promedio de morosidad de la plataforma fintech en la que operamos afecte en igual proporción a nuestra cartera. Y aquí es donde surge el problema. Dependemos absolutamente del acierto en la determinación de la calidad (rating) que de cada operación haga la plataforma. …Y como veremos a continuación de la capacidad que tenga dicha plataforma para “perseguir” al moroso.

Primero, determinemos qué tasa de morosidad afecta a las operaciones de financiación de estas plataformas.

(Definimos  tasa de morosidad mediante la ratio operaciones en mora sobre total de operaciones vivas).

Obviamente la tasa de morosidad es un dato de difícil cuantificación porque ni las plataformas la publican ni podemos conocerla directamente. En este sentido, incluso algunas plataformas afirman tener una morosidad del 0%. Y [probablemente] no faltan a la verdad. Ocurre que  mientras no dan la operación por fallida no consideran la operación como impagada (Tal vez por aquello de que la esperanza es lo último que se pierde).

Sólo nos queda establecer hipótesis para aproximar la rentabilidad esperada.

Tengamos en cuenta también la calidad promedio de las empresas que acuden a estas plataformas.

Actualmente las plataformas FINTECH no son demasiado conocidas. Son demasiado recientes, todavía no hay cultura sobre el tema.

Las empresas que están en una buena situación patrimonial no necesitan buscar nuevas fuentes de financiación como alternativa a las tradicionales. Normalmente tienen cubiertas sus necesidades recurriendo a los canales tradicionales (los bancos). No encuentran por tanto incentivos para investigar y encontrar nuevas fuentes de financiación.

Es necesario que esas plataformas sean capaces de darse a conocer en este mercado. Quizás argumentos del tipo de que no hay costes vinculados (productos tipo swaps, nuevos seguros para directivos, etc) debería publicitarse con mayor énfasis.

Sin embargo, las empresas con situaciones patrimoniales desequilibradas, o con un excesivo endeudamiento, se ven obligadas a buscar financiación en las plataformas digitales. Son empresas que a menudo mantienen el canal bancario prácticamente colapsado/excedido.

Si este razonamiento es correcto, hemos de aceptar que en la actualidad las empresas demandantes de financiación Fintech tienen, en promedio, una situación patrimonial más desequilibrada que las empresas que obtienen financiación en los canales tradicionales.

De todo ello podemos concluir que es muy probable que en las plataformas online la morosidad  tienda a ser, en promedio, algo superior a la tasa promedio de morosidad del mercado financiero en su conjunto.

En “El País” publicaban el 20 de septiembre pasado que “La morosidad cae por primera vez a niveles previos al rescate bancario. La tasa de créditos morosos se situó en julio en el 9,39%, la cifra más baja desde junio de 2012”

Probablemente no sea descabellado pensar que en las plataformas online la morosidad  actual tienda a superar el 10%.

La conclusión es evidente, sin duda el mayor riesgo de estas plataformas es precisamente la morosidad. Deben establecer instrumentos válidos para evitar (o reducir a la mínima expresión) la morosidad.

Crowdlending. Rentabilidad esperada. Su cálculo

Hagamos ahora un breve cálculo.

Supongamos la inversión de 100.000-€ a un año en alguna de estas plataformas.

Supongamos igualmente que de tal inversión adecuadamente diversificada en multitud de pequeñas operaciones obtenemos un tipo promedio del 7%.

Aceptemos que la plataforma de crowdlending dispone de un buen departamento de evaluación de riesgo y consigue que la morosidad de las operaciones de su plataforma sea “únicamente” del 6%. Porcentaje que quizás sea algo optimista. (Aunque este optimismo se justifica en que estas plataformas actualmente tienden a operaciones de plazos inferiores a los 2 años).

A efectos de un primer cálculo seamos ahora pesimistas y asumamos que el 100% de la morosidad acaba significando impagado definitivo.

Esa morosidad (o fallido) del 6% supone que, transcurrido un año, del capital invertido sólo recuperamos 94.000.-€. Capital recuperado que, obviamente, además ha devengado intereses del 7%, es decir, 6.580.-€

Así, la inversión inicial de 100.000.-€ se ha convertido, transcurrido un año, en 100.580.-€ (94.000 + 6.580).

Es decir, la rentabilidad anual mínima esperada habrá sido del 0’6 % ¡Y aún no hemos descontado la comisión de la plataforma!. (El impacto de la comisión es insignificante a efectos de esta aproximación).

Decimos que es la rentabilidad anual mínima esperada porque es posible que parte de esa morosidad, que hemos estimado definitiva y del 6%, finalmente resulte cobrada en parte (o incluso en su totalidad).

Obviamente esta rentabilidad es sólo una aproximación a la rentabilidad anual mínima que podemos esperar si las hipótesis de morosidad e impagados que hemos establecido son correctas.

Si comparamos esta rentabilidad anual del 0’6% con el -0.2 % de la inversión segura en letras del Estado a 12 meses (según la última subasta a 7 de octubre de 2016), podemos decir que la prima de riesgo de la plataforma es como mínimo de 0’8 %.

Cada uno, en base a su aversión al riesgo, deberá determinar si esta prima satisface o no sus criterios de inversión.

En cualquier caso, en mi opinión la publicidad que están emitiendo algunas de estas plataformas apuntando rentabilidades promedio superiores al 7% no resultan ajustadas a la realidad de la economía actual. Aunque debo apuntar que también es posible que yo esté equivocado.

Rentabilidad esperada fintech. ¿Dónde está el “truco”?

Veamos como calcula la rentabilidad la plataforma y cómo la hemos calculado nosotros.

Probablemente las distintas plataformas no se refieren a la rentabilidad anual sino a la rentabilidad acumulada al final de la operación. Además asumen que al final de la operación no habrá impago de ninguna cuota.

Inversión = 100.000.- €

Retorno = 100.000 + 7.000 = 107.000

Rentabilidad = (107.000 / 100.000) – 1 = 7%

…Aunque eso suponga alargar la operación “in eternis”. Entonces, la rentabilidad final  (acumulada) será equivalente a la tasa pactada del 7%. Sólo quedará descontar la comisión de la plataforma.

Pero, insisto, eso no es una tasa anual.

Probablemente el “truco” está en que en el cálculo propuesto he considerado la rentabilidad “realizada” en el periodo (rentabilidad anual).

La morosidad afecta a mi retorno de capital del ejercicio.

En mi análisis la parte de inversión de la que no se obtiene el retorno en el ejercicio se asume como pérdida. (La analogía contable será la aplicación del principio de prudencia y la dotación de la provisión correspondiente).

Así, para mí:

Inversión = 100.000.- €

Retorno = 94.000 + 6.580 = 100.580

Rentabilidad = (100.580 / 100.000) – 1 = 0’6 %

Si en siguientes periodos se produce el cobro ya lo consideraré un beneficio en ese momento.

Así que el “truco” es doble:

  • No consideran la morosidad y
  • No consideran la rentabilidad anual sino la rentabilidad acumulada.

Pero, como ya he dicho, yo podría estar equivocado.

Saludos

Raimon

Última revisión: 10 de octubre de 2016

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