Rentabilidad anual vs rentabilidad acumulada.

(Llegir l’article en català)

El artículo de hoy surge como reflexión de una forma de publicidad más o menos extendida en los contratos financieros que ofrecen altas “rentabilidades”.

En concreto, en aquella publicidad que a menudo recogen los contratos de productos financieros en los que se asegura una “retribución al final de la vida de la inversión del 80 %” (ó 90, ó…) y que el comercial del Banco a menudo vende como que el producto ofrece esa rentabilidad.

Supongamos una operación a plazo que ofrece al cliente al final de la vida del producto una “retribución del 50 %”

  • Si la operación se firma a 8 años, la rentabilidad anual es del 5’95 %
  • Si la operación se firma a 5 años, la rentabilidad anual es del 10’64 %
  • Si la operación se firma a 3 años, la rentabilidad anual es del 22’64 %

Las tres operaciones analizadas retribuyen con el 50% al vencimiento, aunque evidentemente la tercera ofrece una rentabilidad anual más elevada. Así, rentabilidad acumulada y rentabilidad anual no coinciden, y para poder comparar necesitamos conocer la rentabilidad anual de cada operación.

Serán operaciones más o menos interesantes en función del nivel de riesgo que lleven asociado, por tanto, debemos atender tales riesgos antes de aceptar la rentabilidad como asumible para nuestro perfil.

…Prácticamente podríamos asegurar que la segunda y tercera operación comentadas serían de inversión y no de ahorro. Es decir, se corre el riesgo de perder el capital inicial. Eso nos lleva a otro tema tratado con asiduidad en este blog, la necesaria lectura y entendimiento de los contratos antes de proceder a su firma.

Saludos

Raimon

Última revisión: 15 de abril de 2013

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