Impago: Recibo domiciliado devuelto.

Impago: Recibo domiciliado devuelto.

Impago: Recibo domiciliado devuelto.

El problema:

¿Sabía Usted que según el artículo 29 de la ley de servicios de pago un recibo domiciliado que no esté expresamente aceptado puede ser devuelto en el plazo de trece (13) meses?

Igualmente, en base al artículo 33, cuando el recibo ha sido previamente autorizado, el cliente puede dar la orden de devolución en el plazo de ocho (8) semanas si:

a) Cuando se dio la autorización, ésta no especificaba el importe exacto de la operación de pago, y

b) Dicho importe supera el que el ordenante podía esperar razonablemente teniendo en cuenta sus anteriores pautas de gasto, las condiciones de su contrato marco y las circunstancias pertinentes al caso.

Condiciones que a menudo no se tienen en cuenta al realizar la venta y está dando alas a los “morosos profesionales”.

La solución:

Obtener siempre una autorización expresa para el giro del recibo correspondiente.

¿Cómo?

Una forma sencilla consiste en incluir en el pedido una cláusula autorizando expresamente el cobro mediante recibo/s domiciliado/s de importe/s determinado/s.

Saludos

Raimon

Ultima revisión: 3 de mayo de 2012.

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