Internacionalización empresarial. Riesgos característicos del comercio exterior.

La evolución de la economía en la segunda mitad del siglo XX ha llevado en los inicios del siglo XXI a la internacionalización o globalización de la economía actual.

Los mercados se han ido ampliando progresivamente hasta el actual concepto de mercado de carácter supranacional. Un exponente de este concepto de mercado puede ser la unión económica europea en la que los distintos países han formado una única área de comercio. Esta evolución obliga, evidentemente, a una adaptación constante de las empresas.

Esta adaptación no es una obligación sólo de las multinacionales y de las grandes empresas. Para su expansión, las pequeñas y medianas empresas pueden dirigirse a este nuevo mercado de carácter global. En él pueden encontrar tanto nuevos proveedores como nuevos clientes.

Pero antes de su internacionalización deben conocer y valorar los riesgos del comercio exterior. El artículo de hoy pretende ser una presentación breve de las características principales de tales riesgos:

El riesgo comercial o riesgo de insolvencia: No es, evidentemente, un riesgo exclusivo en el comercio exterior. Sin embargo, el riesgo comercial internacional es muy superior al nacional como consecuencia del desconocimiento entre las empresas de países distintos, no sólo en cuanto a los usos y costumbres comerciales, sino también, en cuanto a las particularidades de la legislación comercial de cada país. Este tipo de riesgo se limitará con la utilización de medios de pago que ofrezcan mayor seguridad como pueden ser el crédito documentario y el cobro o pago anticipado.

El riesgo de cambio: Es consecuencia de la utilización de monedas distintas a la moneda nacional. La fluctuación del tipo de cambio de la moneda del mercado respecto de la moneda nacional origina variaciones de Valor de la mercadería negociada afectando directamente el rendimiento de la inversión.

El riesgo país:

  1. En su acepción política hace referencia a la capacidad de un gobierno para mantener la estabilidad política que permita la realización de la actividad comercial normal.
  2. En su acepción económica se refiere al riesgo inherente a cualquier economía de mercado.

El riesgo banco: Al igual que el riesgo comercial no se trata de un Riesco exclusivo del comercio exterior. Pero igualmente, se trata de un riesgo más evidente, o más difícil de controlar que el riesgo banco nacional. Se refiere al riesgo de que el banco extranjero no alcance el nivel de solvencia deseada y finalmente no se haga cargo del pago que ha avalado.

El riesgo de tipo de interés: Cuando la operación de comercio exterior lleve asociada la necesidad de financiación, la variabilidad del tipo de interés llevará a una variabilidad del Valor de la transacción.

Saludos

Raimon

Última revisión: 14 de enero de 2011.

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